La Cooperativa Eléctrica de Venado Tuerto informa que el Gobierno de la provincia de Santa Fe puso en vigencia un conjunto de beneficios fiscales establecidos en la Ley 14.426 (arts. 26, 27, 28 y 29), orientados a reducir el impacto de los costos energéticos y promover la actividad económica y el empleo.

Estas herramientas permiten a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos acceder a créditos fiscales, reducción de alícuotas y beneficios vinculados a la generación de empleo.

 

Deducción de Ingresos Brutos por consumo de energía

Uno de los principales beneficios consiste en la posibilidad de utilizar el importe básico de la factura de energía eléctrica abonado como crédito fiscal para descontar del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Este régimen alcanza a sujetos o contribuyentes categorizados como pequeñas o grandes demandas comerciales o industriales por EPE o empresas subdistribuidoras, cuya factura de energía eléctrica esté emitida bajo el mismo CUIT/CUIL con el que se tributa Ingresos Brutos.

También es importante aclarar que para gozar del beneficio es requisito estar al día con las obligaciones tributarias provinciales.

Topes del beneficio

El monto a descontar tiene límites según el tipo de actividad, la tarifa eléctrica y el nivel de ingresos del contribuyente:

• Industria (Art. 26): alcanza a usuarios con tarifa industrial (grandes y pequeñas demandas), con un tope de hasta el 30 % del impuesto determinado. 

• Comercio y servicios (Art. 27): aplica a usuarios con tarifa comercial, donde el tope varía según la escala: 

o Micro y pequeñas empresas: hasta el 30 %. 

o Medianas empresas: hasta el 10 %. 

La categorización se define en función de los niveles de ingresos establecidos en la normativa vigente.

En caso de que el crédito fiscal supere el tope mensual permitido, el excedente podrá trasladarse a los períodos siguientes dentro del ejercicio fiscal 2026.

 

Cómo acceder a los beneficios

Todos los beneficios se gestionan de manera digital a través del Sistema Integral de Administración Tributaria (API), en el apartado “Otros Trámites”.

https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/258548/(subtema)/102284

 

El procedimiento incluye:

• Validar los suministros eléctricos asociados al contribuyente -  Si el medidor está a nombre de un tercero, el trámite fallará en la validación de API.

• Verificar y validar los pagos informados. 

• Completar la solicitud del beneficio correspondiente. 

Una vez aprobado el trámite, los créditos fiscales y beneficios podrán ser aplicados en la Declaración Jurada mensual del impuesto.

Nuestros canales de atención se encuentran disponibles para brindar acompañamiento.

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu