En el marco de las acciones orientadas a la erradicación del juego no autorizado y la regulación de la actividad en la provincia, la Justicia de Venado Tuerto resolvió este miércoles 5 de agosto de 2026 la condena a tres años de prisión de ejecución condicional para Matías Damián Poliotto. El imputado fue considerado autor penalmente responsable de los delitos de explotación, administración, operación y organización de juegos de azar clandestinos en la jurisdicción.

La resolución fue formalizada por la jueza Paula Verónica Borrello mediante la modalidad de procedimiento abreviado, alcanzado de manera consensuada entre el fiscal de la causa, Iván Gastón Raposo, el acusado y su representación técnica particular. A lo largo del acto procesal, Poliotto admitió en su totalidad la responsabilidad atribuida, aceptó la calificación legal planteada y otorgó su expresa conformidad con el monto de la pena impuesta y las pautas de conducta acordadas.
El proceso investigativo estuvo bajo la dirección del fiscal Raposo, quien coordinó el desarrollo de las diversas medidas tendientes a reconstruir el modus operandi e identificar la participación punible. El trabajo del Ministerio Público de la Acusación contó con el aporte de Maira Vuletic como parte del equipo investigador, en labor conjunta con personal del Grupo de Investigación y Análisis Criminal (GIAC) de la Fiscalía Regional 3 y efectivos de la Policía de Investigaciones.
Una denuncia institucional inicia las actuaciones
El origen del expediente judicial se remonta al 22 de julio de 2024, tras una presentación realizada por Daniel Di Lena, en su carácter de vicepresidente ejecutivo de la Caja de Asistencia Social-Lotería de Santa Fe. La entidad fiscalizadora alertó que en un local oficial de lotería explotado por Poliotto en Venado Tuerto se realizaban operaciones irregulares destinadas a la acreditación de fondos en sitios virtuales de apuestas no homologados por el Estado.
Las tareas de inteligencia y análisis demostraron que el comerciante aprovechaba la fachada y logística de la subagencia autorizada para desenvolverse simultáneamente como cajero de redes de apuestas clandestinas. Su rol operativo abarcaba la captación activa de usuarios, la generación de credenciales de acceso, la recarga de fichas o saldo mediante transferencias bancarias, el pago de premios obtenidos y el correspondiente rendimiento de las sumas recaudadas.
Las evidencias incorporadas determinaron que Poliotto participó de manera continuada, durante el período comprendido entre el año 2023 y septiembre de 2024, en tres estructuras delictivas enfocadas en la explotación de plataformas digitales ilegales. Entre los entornos virtuales identificados e investigados en el expediente figuraban los denominados "Oasis Pro" y "Casino Venado".
Agentes encubiertos y probanzas clave
Dentro del plexo probatorio, resultó determinante la intervención de la figura del agente revelador, debidamente encomendada e instrumentada con autorización judicial previa. Mediante el seguimiento de perfiles públicos en la red social Instagram, el investigador entabló comunicación con una cuenta dedicada a la promoción publicitaria del sitio de juegos no autorizado.
Durante dicho procedimiento controlado, se generó un perfil para ingresar a la plataforma y se suministraron los datos bancarios para efectuar la carga de crédito. En presencia de testigos de actuación, se efectivizó una transferencia por el valor de 5.000 pesos, verificándose en forma posterior que la cuenta receptora de la transacción estaba registrada a nombre de Matías Poliotto. Tras realizar apuestas simuladas, se solicitó el retiro de fondos, quedando registrado el circuito financiero mediante actas, comprobantes y registros de pantalla.
Complementariamente, el legajo sumó registros fílmicos, análisis patrimoniales, informes telefónicos y el peritaje de los dispositivos informáticos incautados. En su declaración, el propio condenado confirmó su función de cajero e intermediario, la percepción de comisiones basadas en las pérdidas de los apostadores y la existencia de una red jerárquica con entregas periódicas de caudales de dinero.
Reglas de conducta y reparación comunitaria
En adición a la pena privativa de la libertad en modalidad condicional, la magistrada dispuso que el condenado deberá dar estricto cumplimiento a una serie de pautas de comportamiento durante el plazo de tres años. Poliotto deberá fijar residencia formal, quedar bajo la supervisión de la Agencia de Medidas No Privativas de la Libertad, notificar cualquier modificación de domicilio, abstenerse de cometer nuevos ilícitos y evitar todo vínculo directo o indirecto con plataformas o locales de juego que no posean la debida autorización provincial.
Asimismo, la resolución establece el compromiso obligatorio de acreditar, en un plazo máximo de seis meses, su concurrencia al Taller de Reflexión y Concientización dictado por la Dirección de Consumos Problemáticos de la Municipalidad de Venado Tuerto.
En concepto de reparación económica por el daño ocasionado, se fijó el pago de un monto de 300.000 pesos. Cumpliendo con el fin social previsto para dicha reparación, la suma será transferida de manera íntegra para colaborar con las actividades de asistencia alimentaria que lleva adelante el Comedor Esperanza de la ciudad.












