A más de una década de la tragedia vehicular que marcó un antes y un después en la ciudad, la comunidad mantiene vivo el recuerdo de las víctimas mientras se consolida un precedente judicial histórico.

Este 7 de octubre marca un aniversario profundamente doloroso para la comunidad de Venado Tuerto. Se cumplen exactamente once años de aquella trágica jornada de 2015 en la que Leonardo Ismael Díaz (29 años), Natalia Soledad Gavaciuti (30 años) y la pequeña Rocío Gavaciuti (12 años) perdieron la vida de forma instantánea. El siniestro, provocado por un delincuente que escapaba de las fuerzas policiales al volante de un vehículo robado, dejó una marca imborrable en el entramado social de la localidad y encendió un debate nacional sobre la responsabilidad penal al volante.

 

La persecución fatal

El hecho se desencadenó cuando agentes de la fuerza de seguridad detectaron la presencia de un automóvil sobre el cual pesaba un pedido de captura por robo. Tras la voz de alto emitida por los efectivos, el conductor del rodado, identificado como José Daniel Nacre, desobedeció de inmediato la orden y emprendió una imprudente y veloz huida por las arterias urbanas de Venado Tuerto.

La persecución alcanzó su punto más dramático cuando el vehículo conducido por Nacre embistió de lleno a la motocicleta en la que se desplazaban Leonardo, Natalia y Rocío. Peritajes técnicos determinaron posteriormente que el impacto se produjo a una velocidad desmedida, calculada entre los 90 y los 115 kilómetros por hora. La brutalidad del choque hizo que el ciclomotor quedara atrapado debajo del automóvil; lejos de detenerse a brindar auxilio, el agresor intentó acelerar nuevamente para continuar su escape, dejando tras de sí una escena desoladora.

 

El debate de las penas

El recorrido del caso por las dependencias judiciales generó una intensa expectativa tanto en los familiares de las víctimas como en la sociedad en general. En una primera instancia, la justicia impuso a José Daniel Nacre una pena de 17 años de prisión efectiva. Sin embargo, tras las apelaciones correspondientes, la Cámara de Apelaciones de Venado Tuerto resolvió readecuar la sanción, fijándola finalmente en 15 años de cárcel.

Pese a la reducción en la cantidad de años de reclusión, el tribunal mantuvo de manera firme la calificación legal bajo la figura de homicidio con “dolo eventual”, un encuadre técnico fundamental para marcar un límite estricto frente a las conductas negligentes al volante durante hechos delictivos.

 

Un precedente histórico

La ratificación del fallo por parte de las máximas instancias judiciales puso de relieve una doctrina clave en materia de derecho penal. Los magistrados argumentaron que la figura del homicidio culposo debía ser desplazada para dar paso al homicidio doloso, puesto que la determinación del aspecto subjetivo del imputado no dependía únicamente del medio utilizado, sino de su disposición intencional.

El tribunal evaluó que Nacre era plenamente consciente de que conducir a altísima velocidad por zonas pobladas para eludir a la policía podía desencadenar la muerte de personas inocentes. Al priorizar su deseo de escapar por encima de la vida ajena, asumió y desestimó el peligro generado. A once años de aquel fatídico día, la memoria de Natalia, Rocío y Leonardo permanece resguardada en el corazón de sus seres queridos y en el recuerdo de toda la ciudad.

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu