La medida cautelar de prisión preventiva fue dispuesta por el juez Jorge Patrizi a raíz del pedido formulado por el fiscal Omar De Pedro (foto). El imputado tiene 24 años y sus iniciales son IC. Le pagaba a otras personas para que lleven a cabo actos de crueldad contra animales pequeños, mientras él las filmaba y luego producía videos.

Un hombre de 24 años cuyas iniciales son IC quedó en prisión preventiva en el marco de una investigación penal iniciada por la realización de la práctica denominada “crush fetish”.

La medida cautelar fue dispuesta por el juez Jorge Patrizi a raíz del pedido formulado por el fiscal Omar De Pedro en una audiencia llevada a cabo este mediodía en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

Antes de definir la prisión preventiva, el representante del MPA imputó al hombre investigado, a quien le atribuyó la autoría de asociación ilícita en carácter de organizador, en concurso real con instigador del delito de actos de crueldad contra animales. En tanto, de forma alternativa, le endilgó la autoría de los mismos delitos, pero la asociación ilícita en calidad de miembro.

 

Práctica cruel

En la audiencia, De Pedro aclaró que “al imputado se lo investiga por ser el jefe de una asociación criminal destinada a realizar esta práctica denominada ‘crush fetish’, la cual consiste en generar sufrimiento o lastimar –sin motivo válido ni autorizado por la ley– a animales de pequeño porte y de diferentes especies”.

“Desde hace aproximadamente dos años y hasta la actualidad, el imputado determinó a otras personas y les pagó para que con distintas partes de su cuerpo y/o con objetos, aplasten a los animales mientras él las filmaba”, explicó el fiscal.

De Pedro aclaró que “de acuerdo a las evidencias recolectadas hasta el momento, quienes materializaban la práctica eran mujeres” y agregó que “mientras se cometía el acto de crueldad con los animales, el imputado filmaba esta práctica aberrante y luego producía videos”.

“El hombre imputado contaba con colaboración de una persona que le proveía vestidos con los que, en algunas de las filmaciones, aparecen las mujeres que hacían sufrir a los animales”, indicó el fiscal. “Estas mujeres actuaron con conocimiento de que integraban esta asociación criminal y eran contactadas por el imputado a través de una página web en la que ofrecían servicios sexuales”

De Pedro argumentó que “en todos los casos, las personas que materializaban la práctica eran conscientes de lo que realizaban” y concluyó que “el imputado les explicaba previamente para qué eran convocadas y también les aclaraba que es una práctica que ya realizaban otras personas con habitualidad”.

 

Consecuencias penales

Luego de la audiencia, el fiscal De Pedro valoró el trabajo realizado “por la Protectora de Animales” e indicó que “fue la entidad que hizo la denuncia y que aportó las pruebas”. En tal sentido, también destacó “el trabajo realizado por el departamento Complejas de la Agencia de Investigación Criminal (AIC)”.

Asimismo, hizo hincapié en que “más allá de las penas que establece la llamada ley Sarmiento que castiga los actos de crueldad contra los animales, entendemos que cuando hay una organización ilícita detrás –como en este caso–, las penas se incrementan considerablemente”.

Por último concluyó que “debe quedar claro y debe entenderse que estas prácticas son delictivas. Es decir, quien cometa este tipo de actos será perseguido penalmente y las consecuencias serán graves”.

 

 

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu