Condenan a diez años de prisión al exjefe de Drogas en una causa por narcotráfico. También fueron penados con prisión otras nueve personas, entre ellos otro uniformado y un joven apodado “Ojitos”.

 

El Tribunal Federal Oral n.° 3 de Rosario condenó este jueves 11 de marzo a la pena de diez años de cárcel al exjefe de la policía antidrogas Alejandro Druetta y a siete a su excompañero Juan Delmastro. Otro de los condenados fue Ignacio “Ojitos” Actis Caporale, a quien se le impuso una pena de nueve años y medio de reclusión.

Mientras que seis personas fueron condenadas en diferentes roles por tráfico y venta de drogas. Se trata de Daniel Leandro Illanes, Pablo Damián Kresta, Dante Pierani, Román Emiliano Palamedi, Carlos Edgardo Colombini y Jorge Actis Caporale; y una mujer de 31 años fue absuelta.

En las últimas semanas, el nombre de Alejandro Druetta volvió a tomar notoriedad debido a uno de los tantos sainetes que tienen como principales protagonistas al actual ministro de Seguridad, Marcelo Saín, y su antecesor, Maximiliano Pullaro. El -por ahora- último capítulo de una novela que parece interminable (y que cada vez importa menos) señaló a Druetta en una escucha telefónica de 2012, junto al por entonces diputado provincial Pullaro y al senador por el departamento General López, Lisandro Enrico.

Pero este jueves, con la lectura resolutiva de la sentencia en la sala de audiencias de los Tribunales Federales de bulevar Oroño al 900, la novedad fue otra. El debate arrancó en noviembre del año pasado y la fiscalía sentó en el banquillo de los acusados a 11 personas. Tras menos de cinco meses de juicio, el Tribunal Federal integrado por los jueces Eugenio Martínez, Osvaldo Facciano y Roberto Vásquez, consideró a Alejandro Mario Druetta, exjefe de inteligencia de Zona Sur de Drogas Peligrosas, como “partícipe necesario del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, doblemente agravado por haberse cometido mediante la concurrencia de tres o más personas en forma organizada y por su condición de funcionario público”. Se le impuso una pena de diez años de prisión, una multa de $ 23.000 y la “inhabilitación absoluta e inhabilitación especial por igual tiempo al de la condena".

El otro uniformado implicado en la causa, el excomisario Ángel “Tiburón” Delmastro, recibió idéntica calificación, pero una sanción un tanto menor: siete años de cárcel, una multa de $ 18.000 y la inhabilitación por el tiempo que dure la condena.

Mientras que "Ojitos" Caporale fue condenado como “organizador del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, a la pena de nueve años y seis meses de prisión, multa de $ 30.000 e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena.

 

Las otras condenas

Leandro Illanes fue penado con siete años, inhabilitación absoluta y multa de $ 18.000; Sebastián Cano y Daniel Pierani fueron sentenciados a seis años y medio, inhabilitación y multa de 15.000 pesos; al ser considerados coautores del “delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada”.

Pablo Damián Kresta recibió una condena de seis años y tres meses y multa de 14.000 pesos más inhabilitación; Carlos Edgardo Colombini fue sentenciado a seis años y 12.000 pesos de multa y Román Emiliano Palamedi, a seis años y dos meses y 13.000 pesos de multa (a este último se le sumó parte de una condena anterior por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, por lo que deberá purgar siete años y pagar una multa de 15.000 pesos). Por orden del tribunal, estas seis personas permanecerán en libertad hasta que la sentencia quede firme.

Mientras que otro de los sentenciados, Jorge Actis Caporale, padre de “Ojito”, recibió una condena de tres años de prisión de ejecución condicional y 5.000 pesos de multa y cumplir algunas reglas de conducta (mantener su domicilio real y/o informar, de forma inmediata, cualquier cambio; someterse al cuidado de la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria -ex-Patronato de Liberados-; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse de relacionarse con personas vinculadas con hechos delictivos).

Por su parte, la única mujer que estaba implicada en el caso resultó absuelta. El 18 de marzo se difundirán públicamente los argumentos del fallo.

 

Fuente: mirador provincial

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Mario Maestu