Se trata de Alan Martín Díaz de 28 años, quien cometió el ilícito junto con otros dos hombres el 17 de septiembre. Tres días después fue imputado por la fiscal Mayra Vuletic, quien avanzó procesalmente con el procedimiento por flagrancia. En ese marco, se hizo el juicio, y hoy al mediodía, el juez Benjamín Révori dio a conocer su veredicto.

Un hombre de 28 años identificado como Alan Martín Díaz fue condenado a seis años de prisión por la portación ilegal de un arma de fuego de guerra en Venado Tuerto. La pena fue impuesta por el juez Benjamín Révori en el marco de un juicio por flagrancia que culminó hoy en los tribunales venadenses.

La fiscal que investigó lo ocurrido es Mayra Vuletic, quien destacó que “a dos meses de haberse cometido el hecho ilícito, el juicio ya finalizó y se logró una condena”. En tal sentido, informó que “Díaz fue condenado por la autoría del delito de portación de arma de fuego de uso prohibido, y también fue declarado reincidente, a raíz de que tiene un antecedente penal condenatorio por homicidio que ya cumplió”.

 

Condenados

“El ilícito que investigamos fue cometido alrededor de las 10 de la noche del pasado domingo 17 de septiembre”, informó la fiscal, y agregó que “Díaz actuó junto con otros dos hombres, para atacar a una víctima en inmediaciones de las calles Camarero y Lola Mora”. También aclaró que “uno de los atacantes es Emiliano Raúl Baigorria de 34 años, quien ya fue condenado en un juicio abreviado, mientras que el tercer investigado está en prisión preventiva”.

La fiscal del MPA precisó que “luego de cometer la agresión, los tres hombres escaparon del lugar. Sin embargo, Díaz y Baigorria fueron aprehendidos inmediatamente después por personal del Comando Radioeléctrico de Venado Tuerto en inmediaciones de las calles Camarero y Lola Mora”. Vuletic destacó que “los agentes de la fuerza pública fueron al lugar a raíz de llamados realizados por vecinos al 911, quienes avisaron lo que estaba ocurriendo”.

“El personal policial secuestró una escopeta recortada, dos cartuchos y tres vainas servidas del mismo calibre”, enumeró la fiscal. “De acuerdo con las pericias realizadas, se trata de un arma de fuego de guerra que es apta para efectuar disparos”, subrayó.

“Si bien fue Baigorria quien realizó los disparos, las evidencias recabadas dan cuenta de que tanto él, como Díaz y el hombre que está en prisión preventiva tuvieron la posibilidad inmediata de uso de esa escopeta”, planteó Vuletic.

 

Rapidez

Vuletic brindó precisiones acerca del procedimiento por flagrancia. “Permite simplificar el proceso ordinario y avanzar más rápidamente”, valoró y añadió que, “por ejemplo, uno de los requisitos es que seis días después de que se comete el hecho ilícito, ya debe ser presentada la acusación”.

 

Flagrancia

De acuerdo con un informe de la Fiscalía Regional 3, en la actualidad hay 34 legajos que tramitan con el procedimiento por flagrancia en esa jurisdicción.

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu