Desde el área de Asesoría Forestal, dependiente de la Secretaría de Ambiente, Servicios y Espacios Públicos informan que el Municipio se rige con la Ley Provincial 9004 que regula la protección del arbolado público, y las diferentes ordenanzas sancionadas bajo ese marco, por el Concejo Municipal. A raíz de un caso particular, donde un vecino construyó una cazuela de cemento para un árbol, la Ing. Magalí Felici instó a la ciudadanía para reflexionar sobre el cuidado y conservación de los árboles.

 

La ordenanza establece, entre otros puntos, que queda prohibido fijar en el arbolado público elementos tales como clavos, alambres, hierros, ganchos, letreros, avisos, pasacalles, enredaderas o plantas trepadoras, encalar, barnizar, pintar troncos, tapar o sobre elevar las cazuelas.

“Los casos de las cazuelas sobre elevadas, las que encierran el árbol hasta la base del tronco y las que están totalmente tapadas, tienen una penalización para el frentista”, dijo la profesional y aclaró: “En primera instancia el Municipio advierte al vecino para que revierta el daño causado al árbol y si eso no sucede, será sancionado con una multa o una acción reparatoria”.

“El árbol debe poder tomar el agua de lluvia a través de la cazuela y favorecer el intercambio gaseoso del sistema radicular”, dijo Felici y añadió: “La raíz, que es un órgano explorador y de sostén, por ello va a ir buscando dónde tiene  aire y agua, y el árbol igualmente puede tener una reacción no deseada por el frentista”.

 

El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu