Atento a la declaración de la emergencia agropecuaria 2017, decreto nº 009, están disponibles los formularios para acceder a este beneficio.

 

¿En qué consiste?

El decreto 009 de 2017 establece la emergencia agropecuaria para 18 departamentos del territorio provincial desde el 1 de enero hasta el 30 de junio del corriente.

Los productores en emergencia agropecuaria durante el año 2016 no deberán realizar trámites para acogerse en 2017, los certificados se reimprimirán automáticamente y serán entregados a los presidentes comunales e intendentes de cada distrito.

Los productores que no presentaron documentación en la emergencia anterior y quieren obtener los beneficios del decreto 009/17, podrán realizar el trámite presentando la documentación correspondiente en el Ministerio de la Producción. Este trámite puede realizarse hasta el 31 de marzo de este año.

 

Tamberos en desastre agropecuario

El decreto 009/17 establece que aquellos productores tamberos que ya cuenten con certificados de emergencia pasarán automáticamente a condición de desastre, sin necesidad de realizar ningún trámite. Idéntico tratamiento tendrán las explotaciones de otras producciones respecto de los cuales el impuesto inmobiliarios objeto del beneficio no supere los 100 mil pesos.

 

Evento climático del 10 de noviembre de 2016

Cabe destacar que el nuevo decreto contempla la situación de productores afectados por el evento de vientos huracanados, granizo e intensas precipitaciones ocurrido el 10 de noviembre de 2016.

 

Destinatario/s

Productores cuyas explotaciones estén ubicadas en las zonas detalladas en el Decreto Provincial Nº 009.

 

¿Qué necesito para realizarlo?

Se recuerda que los productores en emergencia agropecuaria durante el año 2016 no deberán realizar trámites para acogerse en 2017, los certificados se reimprimirán automáticamente y serán entregados a los presidentes comunales e intendentes de cada distrito.

Los productores que no presentaron documentación en la emergencia anterior y quieren obtener los beneficios del decreto 009/17, deberá completar un formulario de declaración jurada en el Municipio o Comuna respectiva. Dicho formulario será tomado como base para la emisión del certificado que será extendido por el Ministerio de la Producción a través del cual acreditarán su situación.

Este trámite puede realizarse hasta el 31 de marzo de este año.

Se solicita a los productores afectados dirigirse al final de la página y acceder a los instructivos correspondientes. Allí también podrán encontrar el decreto provincial y las declaraciones juradas pertinentes.

 

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

 

¿Dónde se realiza?

Municipios y Comunas correspondiente a cada zona afectada.

 

Observaciones

Las comunas y municipios deberán remitir las declaraciones juradas a la Oficina de Coordinación General de Emergencia del Ministerio de la Producción (Bv. Pellegrini 3100, Santa Fe), sin excepción. No se aceptarán trámites en forma individual por productores o terceros.

Por consultas, llamar al 0342–4505300 (int. 4198). Contacto: Ing. Agr. Cintia Sorsaburu.

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu