La Agencia de Seguridad y Promoción Alimentaria (ASPA) informa que la rotulación (etiquetado) de todo alimento que se comercialice listo para ofrecerlo a los consumidores, envasado en ausencia del cliente, es obligatoria. 

¿Qué información debe contener?

La rotulación de alimentos envasados deberá presentar obligatoriamente la siguiente información:

- Denominación de venta del alimento

- Lista de ingredientes 

- Contenidos netos 

- Identificación del origen 

- Nombre o razón social y dirección del importador, para alimentos importados. 

- Identificación del lote

- Fecha de duración 

- Preparación e instrucciones de uso del alimento, cuando corresponda 

Con respecto a la fecha de duración, ésta constará por lo menos de: 

-El día y el mes para los productos que tengan una duración mínima no superior a tres meses

-El mes y el año para productos que tengan una duración mínima de más de tres meses. 

-Si el mes es diciembre, bastará indicar el año, estableciendo: “fin de (año)”. 

-La fecha deberá declararse con alguna de las siguientes expresiones: “consumir antes de…”; “válido hasta…”; “validez …”; “val …”; “vence…”; “vencimiento …”; “vto.…”; “venc…”; “consumir preferentemente antes de …” 

-La información nutricional para los productos que exige el CAA (Código Alimentario Argentino)

Para mayor información -por ejemplo, casos especiales o excepciones- consultar el Capítulo V del CAA o bien escribir al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu