La pena fue impuesta por unanimidad en un juicio oral que se llevó a cabo en los tribunales venadenses. Se trata de José Luis Aldo Fuentes de 50 años, a quien también se condenó por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de una de las hijas menores de edad de la víctima. La fiscal que estuvo a cargo de la investigación de los hechos es Paula Borrello (foto).
Un hombre de 50 años identificado como José Luis Aldo Fuentes fue condenado a prisión perpetua como autor del femicidio de Patricia Zeballos cometido en 2016 en Venado Tuerto. Así lo dispuso por unanimidad el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Leandro Martín (presidente), Silvina Marinucci y Eduardo Bianchini en el marco de un juicio oral que se llevó a cabo en los tribunales venadenses.
Fuentes fue condenado como autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado (por el vínculo y por mediar violencia de género) en perjuicio de Zeballos, en concurso real con el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por ser cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años de edad) en perjuicio de la hija de la mujer.
Femicidio
La fiscal Paula Borrello estuvo a cargo de la investigación del caso e informó que “el femicidio de Zeballos fue cometido el miércoles 16 de noviembre de 2016 aproximadamente a las 23.30, en una vivienda ubicada en Laprida al 1.100 de Venado Tuerto”.
La fiscal explicó que “la investigación que realizamos nos permitió concluir que el condenado le quitó la vida a la mujer que era su pareja en una suerte de garaje que hay en la casa que compartían, y al que se llegaba luego de pasar por un patio”. En tal sentido, Borrello indicó que “una de las hijas relató que vio a Fuentes cuando ingresaba a la vivienda desde el patio, y con la mujer sin vida cargada en sus brazos”.
Borrello manifestó que “el hombre condenado le provocó a la mujer heridas punzocortantes mediante el uso de un arma blanca y luego la acostó en la cama que compartían hasta la mañana del día siguiente, momento en el cual las hijas de la víctima descubrieron que su madre no despertaba”.
“El delito atribuido fue cometido en un contexto de dominio, de poder y de discriminación del sexo femenino”, remarcó la funcionaria del MPA. Y subrayó que “el condenado exteriorizó un tipo de abuso que se reflejó en maltratos a nivel físico y emocional sobre Zeballos y sobre sus hijos, dada la situación de violencia intrafamiliar de la que ellos también estaban siendo víctimas”.
La fiscal concluyó que “tanto los celos excesivos, la manipulación y el hostigamiento como los recortes de los vínculos afectivos y la dependencia económica, generaron una espiral ascendente de sometimiento que desembocó en el femicidio”.
Imputabilidad
"Una de las discusiones principales del juicio fue acerca de la imputabilidad de Fuentes, es decir, si comprendió o no lo que hizo”, recordó Borrello. “El tribunal entendió que sí y por eso lo condenó”, remarcó.
La funcionaria del MPA consideró que “es de suma importancia la decisión que tomó el tribunal porque, en general, en los casos de violencia contra las mujeres, los autores de los delitos tratan de justificar su conducta refiriendo a enfermedades (celopatía, delirios de persecución, entre otras) o culpan a la víctima porque permite las agresiones”.
Borrello también subrayó que “la condena haya sido con el agravante de violencia de género, no solo por la víctima, sino también porque sus hijos podrán acceder a los beneficios que otorga la denominada ley Brisa”.
Abuso sexual
Acerca del otro delito por el que se condenó a Fuentes, la funcionaria del MPA sostuvo que “fue cometido en perjuicio de la hija de Zeballos en reiteradas oportunidades y aprovechando que compartía la misma casa con la menor de edad”.
Asimismo, precisó que “las agresiones se consumaron durante aproximadamente nueve años, desde que era muy pequeña y hasta su mayoría de edad”.