El plan incluye deudas tributarias devengadas desde el 1 de diciembre de 2019 al 31 de mayo de 2020.

 

En el marco de la Emergencia Sanitaria, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe firmó el Decreto nº 484/2020 disponiendo un Plan Especial de Pago para deudas tributarias devengadas desde el 1 de diciembre de 2019 al 31 de mayo de 2020, el cual fue reglamentado por la Resolución General nº 34/2020 de la Administración Provincial de Impuestos.

Vigencia: desde el 18 de junio de 2020 al 15 de septiembre de 2020.

Alcance: Los siguientes impuestos y tasas provinciales sus intereses y multas:

 

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Régimen General:

a) Anticipo 12/2019;

b) Anticipos desde 01/2020 al 05/2020

Régimen Simplificado:

a) Mes de diciembre/2019;

b) Meses desde enero a mayo/2020

 

Impuesto Inmobiliario

Urbano y Suburbano:

1) Cuota 6/2019;

2) Cuotas 1/2020 al 2/2020

 

Rural:

1) Cuotas 1/2020, 2/2020 y 3/2020

 

Impuesto de Sellos

a) Actos, contratos y operaciones, realizados sin la intervención de los Agentes de Retención y/o Percepción, cuyo pago debió realizarse entre el 15/12/2019 y hasta el 31/05/2020

 

Tasas Retributivas de Servicios

Actuaciones administrativas o judiciales, promovidas sin la intervención de los Agentes de Retención y/o Percepción, cuyo pago debió realizarse entre el 15/12/2019 y hasta el 31/052020

 

Aportes al Instituto Becario

1) Quincenas 23 y 24/2019;

2) Quincenas desde 01/2020 hasta 10/2020

 

Beneficios y formas de pago

-Tasa de Interés Resarcitorios: El interés resarcitorio será del cero por ciento (0 %) durante la vigencia del plan.

 

- Forma de pagos:

1) Contado: Sin intereses resarcitorios.

2) Convenios de pagos:

Hasta seis cuotas sin interés de financiación

Hasta 12 cuotas con una tasa de financiación del 0.5 % mensual

Cuota igual o superior a $ 300

Vencimiento de las cuotas: el día 10 de cada mes o el primer día hábil siguiente si es feriado o no laborable

La atención al público en la Administración Provincial de Impuestos, en toda la provincia de Santa Fe, se realizará pidiendo turno, en las ciudades de Santa Fe y Rosario a través del Servicio TURNOS WEB PARA TRAMITES, ingresando a http://turnos.santafe.gov.ar/turnos/web/

 

Líneas de contacto por consultas

Administración Regional Santa Fe: 0800 888 3722

Administración Regional Rosario: 0800 555 6672

Divisional Buenos Aires: (011) 4331-5177/5183

 

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu